lunes, 30 de mayo de 2011

LEY ELECTORAL ARGENTINA


1. Quiénes tiene obligación a votar?
"Todos los ciudadanos de ambos sexos nativos, por opción y naturalizados, desde los dieciocho años de edad cumplidos hasta el mismo día del comicio. Dichos ciudadanos serán incluidos en el padrón electoral. Son ciudadanos argentinos por opción los hijos/as de ciudadano argentino nacido en territorio extranjero que optaron por la ciudadanía argentina."
2. Los Extranjeros pueden votar?
"Para los extranjeros residentes, el voto no es obligatorio. Podrán votar en el orden provincial y municipal, si la legislación provincial electoral lo permite. Para esto, deben inscribirse en el padrón de extranjeros en el municipio al cual pertenecen, acreditando los años de residencia exigidos por la provincia donde resida el extranjero en cuestión. Los extranjeros residentes no pueden votar en elecciones nacionales."
3. Puedo votar si me mudo al exterior?
"Los residentes permanentes en el exterior no tienen la obligación de emitir su voto, pero si lo desean, deben inscribirse y sufragar en los consulados argentinos del país donde residan. Quienes se encuentren transitoriamente fuera del país están obligados a votar, y deberán presentarse en el consulado nacional más próximo el día de las elecciones para que se les extienda el certificado correspondiente. Cuando regresen a la Argentina, tienen que dirigirse lo antes posible a la Secretara Electoral de sus respectivos distritos para justificar la inasistencia a los comicios."

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