jueves, 2 de junio de 2011

NUEVA LEY ANTITABACO EN ARGENTINA

La Cámara de Diputados aprobó la denominada ley antitabaco, con el aporte de legisladores oficialistas y opositores.

El proyecto antitabaco, que tuvo la media sanción del Senado el 25 de agosto de 2010.

No se podrá fumar en lugares de trabajo cerrados ni en cualquier espacio cerrado destinado al acceso de público
Los no fumadores "tendrán derecho de exigir al responsable del local que conmine al infractor a cesar en su conducta".
No se podrán vender, exhibir, distribuir y promover productos elaborados con tabaco en escuelas públicas o privadas, hospitales; oficinas y edificios públicos; medios de transporte públicos; museos, clubes y salas de espectáculos públicos como cines, teatros y estadios.



Se prohíbe "el auspicio y patrocinio de marca en todo tipo de actividad o evento público, y a través de cualquier medio de difusión".
La venta de productos elaborados con tabaco a menores de 18 años". 
Se prohíbe la venta por unidad, ya sea por medio de máquinas expendedoras o "por cualquier otro método"
Los envases de productos elaborados con tabaco deberán llevar insertos una imagen y un mensaje sanitario que describa los efectos nocivos de su consumo.
Entre otras cuestiones, la ley establece además infracciones equivalentes en pesos al valor de entre 250 a 1.000.000 de paquetes de 20 cigarrillos de los de mayor precio, así como prevé el decomiso y la destrucción de materiales elaborados con tabaco y la clausura del local, donde no se cumplan las disposiciones de la norma.  



 

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